La Procuraduría General de la
Nación identificó nuevas falencias en el pretendido proceso de contratación
directa de plantas de manejo de los
residuos sólidos de la capital de Santander y su área metropolitana, que adelanta
la Empresa de Aseo de Bucaramanga, EMAB.
La Delegada para la Vigilancia
Preventiva de la Función Pública realiza acciones de vigilancia preventiva a
este proceso, en coordinación con la Delegada de Asuntos Ambientales, para
asegurar el cumplimiento de los mandatos constitucionales y legales asociados a
la prestación de servicios públicos, y garantizar la protección del medio
ambiente, del patrimonio público y la prevención y control de factores de
deterioro ambiental.
En desarrollo de esta labor se
realizó en la Procuraduría una reunión con la EMAB y la Alcaldía de
Bucaramanga, en conjunto con el Viceministerio de Agua y Saneamiento Básico y
la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios, con el propósito de
recibir respuestas a las inquietudes presentadas por parte del ente de control
y el gobierno nacional, sin embargo, éstas no resultaron satisfactorias por no
estar debidamente sustentadas.
Para el Ministerio Público es
necesario que en desarrollo de este proceso se tengan en cuenta y haya
respuesta a las siguientes advertencias:
1. No se conocen estudios previos, análisis
del sector y soporte técnico que puedan justificar ambiental, técnica, jurídica
y financieramente la contratación directa que se pretende celebrar por parte de
la EMAB.
No obstante su presentación
como solución innovadora y de nuevas tecnologías, para la contratación de estas
plantas, no se encuentra alineada con una política pública local de gestión de
residuos sólidos, o en su defecto en el PGIRS, ni soportada en enfoques
técnicos e integrales como el de economía circular.
2. Para la Delegada para la Vigilancia
Preventiva de la Función Pública resulta sorprendente que se pretenda contratar
el tratamiento de residuos sólidos mediante plantas sin la construcción previa
de escenarios de proyección que conlleven, por ejemplo, a desarrollos piloto,
escalables y autofinanciables por parte de la Empresa de Aseo de Bucaramanga.
A juicio del Ministerio
Público, la Alcaldía de Bucaramanga y la EMAB con este proceso de contratación
directa descartan sin consideración la opción de convertirse en gestores
directos de soluciones modernas y ambientales para la disposición final de
residuos, que incluya la posibilidad de seleccionar, adquirir y hacer procesos
de transferencia organizacional de tecnologías validadas, perdiendo tal vez la
oportunidad de generar rentabilidades para el patrimonio público.
3. En cuanto a los aspectos contractuales,
luego de haber declarado desierta la invitación pública, corresponde a las
entidades iniciar un nuevo proceso de contratación que agote los requisitos
establecidos en la ley y garantice la libre competencia de los interesados.
De igual manera, el Delegado
para la Vigilancia Preventiva de la Función Pública, Leandro Ramos, advierte
que “al tratarse de un proceso de contratación que involucra la prestación de
un servicio público, se debe tener en cuenta el Estatuto General de
Contratación de la Administración Pública, de acuerdo con el parágrafo del
artículo 3º de la Ley 689 de 2001 que dice: <>”.
4. Con respecto a los aspectos financieros,
las procuradurías delegadas a cargo de este proceso de vigilancia preventiva
desconocen la conveniencia económica que representa esta contratación para los
usuarios del servicio de aseo, el gobierno local y la EMAB.
5. Por otra parte, no están claras, expresas y
sólidamente establecidas las salvaguardas del patrimonio público, ante un
desequilibrio económico del contrato, pues el Estado, en cabeza del municipio,
es el llamado a responder patrimonialmente.
6. Igualmente, la EMAB parece eximirse de la
responsabilidad de la supervisión cuando expresa en el pliego de condiciones
que “no tendrá injerencia por el éxito técnico, financiero, ambiental y
operativo del proyecto”, y que “es del alcance exclusivo del contratista y su
responsabilidad ante la EMAB”.
7. El Ministerio Público también advierte que
el proceso no contempla la posibilidad de negación de otorgamiento de licencias
ambientales y no prevé planes de contingencia ante probables daños o
mantenimientos de las "plantas", o por disminución o aumento en las
toneladas de residuos sólidos que se disponen diariamente.
Finalmente la Procuraduría
General de la Nación convoca nuevamente a la Alcaldía de Bucaramanga y a la
Empresa de Aseo de Bucaramanga (EMAB) a revisar las consideraciones presentadas
por el ente de control, y a tomar decisiones con apego a la ley, la previa
evaluación de las salvaguardas del interés público y el logro de fines en la
prestación de servicios de tratamiento de residuos sólidos en el contexto
actual. Fuente: Prensa de la PGN. Ajuste de texto y diagramación: Bersoahoy.co
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